Actas de asambleas generales

REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO COMUNITARIO AFRO-ORULA

Soacha, Cundinamarca – Vereda Panamá

CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1: Objeto

El presente reglamento tiene como finalidad regular la organización, funciones y actividades del Consejo Comunitario Afro-Orula en la Vereda Panamá, garantizando la participación, la autonomía y el desarrollo de la comunidad.

Artículo 2: Naturaleza del Consejo Comunitario

El Consejo Comunitario es una organización autónoma de carácter social, cultural y comunitario, que representa los intereses de la comunidad afrodescendiente en la Vereda Panamá, promoviendo la identidad, la tradición y los derechos colectivos.

Artículo 3: Principios Rectores

El Consejo se regirá por los siguientes principios:

  1. Respeto a la ancestralidad y tradiciones de la comunidad afrodescendiente.
  2. Participación democrática y equitativa.
  3. Transparencia en la gestión.
  4. Solidaridad y apoyo mutuo.
  5. Protección del territorio y del medio ambiente.

CAPÍTULO II: ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

Artículo 4: Estructura del Consejo Comunitario

El Consejo Comunitario estará conformado por:

  1. Asamblea General: Máximo órgano de decisión, integrado por todos los miembros de la comunidad reconocidos oficialmente.
  2. Junta Directiva: Órgano de administración compuesto por Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero y Coordinadores de Comisiones.
  3. Comisiones de Trabajo: Equipos encargados de temas específicos como cultura, educación, desarrollo económico, ambiente y derechos humanos.

Artículo 5: Funciones de la Asamblea General

La Asamblea General tendrá las siguientes funciones:

  1. Aprobar y modificar el reglamento interno.
  2. Elegir y remover a los miembros de la Junta Directiva.
  3. Definir planes de acción y estrategias comunitarias.
  4. Supervisar la gestión de la Junta Directiva.

Artículo 6: Funciones de la Junta Directiva

La Junta Directiva será responsable de la gestión operativa y estratégica del Consejo Comunitario, velando por el cumplimiento de sus objetivos y la ejecución de sus planes de acción.


CAPÍTULO III: DERECHOS Y DEBERES DE LOS MIEMBROS

Artículo 7: Derechos de los Miembros

  1. Participar en las decisiones del Consejo.
  2. Ser elegido para cargos directivos.
  3. Recibir información sobre la gestión y finanzas del Consejo.
  4. Proponer iniciativas para el desarrollo de la comunidad.
  5. Defender la identidad cultural y los derechos del pueblo afrodescendiente.

Artículo 8: Deberes de los Miembros

  1. Respetar y cumplir el presente reglamento.
  2. Participar activamente en las reuniones y actividades.
  3. Velar por el bienestar y desarrollo del Consejo Comunitario.
  4. Mantener la armonía y el respeto entre los miembros.
  5. Contribuir con el fortalecimiento de la cultura y tradiciones afro.

CAPÍTULO IV: MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

Artículo 9: Participación Comunitaria

El Consejo fomentará espacios de participación mediante reuniones, consultas y actividades culturales que fortalezcan la identidad y la unidad comunitaria.

Artículo 10: Resolución de Conflictos

Los conflictos internos se resolverán a través del diálogo, la mediación y, en caso necesario, mediante la intervención de un comité de conciliación elegido por la Asamblea General.


CAPÍTULO V: DISPOSICIONES FINALES

Artículo 11: Modificaciones al Reglamento

Cualquier modificación al presente reglamento deberá ser aprobada por mayoría absoluta en Asamblea General.

Artículo 12: Vigencia

El presente reglamento entrará en vigor a partir de su aprobación por la Asamblea General y su publicación ante la comunidad.

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